¿Cómo distinguir dolo eventual de imprudencia consciente? La cuestión que encierra este enunciado es un clásico de la teoría penal, al que incontables trabajos han tratado de dar respuesta. Llama, sin embargo, la atención el contraste entre el enorme esfuerzo aplicado a responder la pregunta y los resultados obtenidos. Cualquier repaso a obras generales en las que se ofrece una descripción de la polémica y de las distintas soluciones ofrece el mismo panorama: extensas descripciones en las que se desgranan una tras otra propuestas de delimitación que giran sobre dos o tres ideas relevantes, sin que al final se tenga la sensación de haber alcanzado una conclusión medianamente satisfactoria que pueda ser manejada por los tribunales. Al tratar de explicar en clase la diferencia es fácil sentir esa desazón que provoca no sentirse convincente. La argumentación matemática mostró lo irrealizable que era la empresa de cuadrar el círculo. Pese al desencanto que ello pudiera haber producido, lo cierto es que permitió que los apasionados de los problemas difíciles pudieran centrar su atención en otros, que merecen el esfuerzo porque son resolubles. De la misma manera, las conclusiones obtenidas de la discusión filosófica sobre la vaguedad y de las aportaciones de la psicología cognitiva sobre el proceso de categorización apuntan a que una buena parte de los clásicos problemas de delimitación entre conceptos legales que desde siempre han preocupado a la doctrina penal son en realidad irresolubles. La teoría del delito está llena de cuestiones difíciles e importantes, de cuya respuesta puede depender el tiempo que una persona se encuentre privada de libertad. Son problemas demasiado acuciantes como para dedicar tantos esfuerzos a intentar la imposible cuadratura del dolo .